Encuentro Feminista del Paraguay 2013. Foto: Luis Vera

OEA aprueba resolución sobre Orientación Sexual e Identidad de Género

CDE

En la 44 Asamblea de la Organización de Estados Americanos, celebrada en Asunción en junio de 2014, se aprobó la séptima resolución sobre derechos humanos, orientación sexxual e identidad de género, propuesta por Brasil, pese a la oposición (entre otros países) de Paraguay, que expresó que “reitera su compromiso con los principios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y Convenciones Internacionales suscritos sobre la materia reafirmando lo preceptuado en los Capítulos III y IV de la Constitución Nacional y concordantes, sobre Igualdad y Derechos de la Familia, respectivamente. Expresa, asimismo, su reserva sobre el texto de la Resolución”.

Los diez puntos incluidos en la resolución son:

1.Condenar todas las formas de discriminación contra personas por motivos de orientación sexual e identidad o expresión de género, e instar a los Estados dentro de los parámetros de las instituciones jurídicas de sus sistemas a que eliminen, allí donde existan, las barreras que enfrentan las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex (LGTBI) en el acceso equitativo a la participación política y otros ámbitos de la vida pública, así como evitar interferencias en su vida privada.

2.Alentar a los estados miembros a que, dentro de los parámetros de las instituciones jurídicas de su ordenamiento interno, consideren la adopción de políticas públicas contra la discriminación contra personas a causa de orientación sexual e identidad o expresión de género.

3.Condenar los actos de violencia y las violaciones de derechos humanos contra personas a causa de su orientación sexual e identidad o expresión de género, e instar a los estados miembros a que fortalezcan sus instituciones nacionales con el fin de prevenirlos, investigarlos y asegurar a las víctimas la debida protección judicial en condiciones de igualdad, y que los responsables enfrenten las consecuencias ante la justicia.

4.Instar, además, a los estados en el ámbito de sus capacidades institucionales a que produzcan datos sobre la violencia homofóbica y transfóbica, con miras a promover políticas públicas que protejan los derechos humanos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex (LGBTI).

5.Instar a los estados miembros a que aseguren una protección adecuada de las y los defensores de derechos humanos que trabajan en temas relacionados con los actos de violencia, discriminación y violaciones de los derechos humanos contra personas a causa de su orientación sexual e identidad o expresión de género.

6.Instar a los estados miembros a que aseguren una protección adecuada a las personas intersex y a que implementen políticas y procedimientos, según corresponda, que aseguren la conformidad de las prácticas médicas con los estándares reconocidos en materia de derechos humanos.

7.Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que preste particular atención a su plan de trabajo titulado “Derechos de las personas LGTBI”, y que continúe el trabajo de preparación del informe hemisférico en la materia, de conformidad con la práctica establecida por la propia CIDH e instar a los estados miembros a que apoyen los trabajos de la Comisión en esta materia.

8.Solicitar a la CIDH que continúe la preparación de un estudio sobre las leyes y disposiciones vigentes en los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) que limiten los derechos humanos de las personas como consecuencia de su orientación sexual o identidad o expresión de género y que, con base en ese estudio, elabore una guía con miras a estimular la despenalización de la homosexualidad y de prácticas relacionadas a la identidad o expresión de género.

9.Exhortar a los estados miembros que aún no lo hayan hecho a que consideren, según sea el caso, la firma, ratificación o adhesión de los instrumentos interamericanos en materia de protección de derechos humanos, incluida la Convención Interamericana contra toda Forma de Discriminación e Intolerancia.

10.Solicitar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General, sobre la implementación de la presente resolución. La ejecución de las actividades previstas en esta resolución estará sujeta a la disponibilidad de recursos financieros en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos.

 

La OEA y la sociedad civil

Numerosas organizaciones de la sociedad civil se acreditaron y participaron de las sesiones abiertas de la  44 Asamblea General de la OEA como los/las integrantes de las alianzas nacionales y puntos focales de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Paraguay, Perú y Uruguay y las redes regionales de Católicas por el Derecho a Decidir, Cladem, RedTraSex, RedLacTrans, RSMLAC, todos ellos posicionando los derechos sexuales y derechos reproductivos en esta instancia regional y la necesidad de contar con una Convención Interamericana.