La Asociación de Empleadas del Servicio Doméstico del Paraguay (ADESP), el Sindicato de Trabajadoras Domésticas del Paraguay (SINTRADOP), el Sindicato de Trabajadoras Domésticas y Afines de Itapúa (SINTRADI) manifiestan que celebran la promulgación de la Ley Nº 5.407/2015 “Del Trabajo Doméstico” que está en vigencia desde el día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial número 195 de fecha 13 de octubre del 2015.
Las representantes de las organizaciones de trabajadoras domésticas se reunieron el sábado 17 de octubre para planificar próximas acciones de cara a la nueva ley. Entre las decisiones tomadas, se destacan:
-Participar en conjunto en la mesa tripartita convocada para reglamentar la recientemente promulgada ley del trabajo doméstico.
-Presentar en marzo del 2016 la propuesta de modificación de esta ley en los dos artículos discriminadores que persisten: 1- la jornada de trabajo ilimitada para las trabajadoras sin retiro, y 2- el salario del 60% del sueldo mínimo. Para ello, inician un proceso de conversación con senadores y diputados para el auspicio de la presentación al parlamento de dicha modificación.
LO QUE ELLAS DICEN
“Esta nueva ley no es la ley que queremos, ya que todavía nos discrimina de manera legal, por lo que las organizaciones de trabajadoras domésticas reafirmamos nuestra lucha por la igualdad salarial, sin embargo, hemos logrado que se incorporen algunos elementos que favorecen a nuestro sector: en principio 20% más de salario, el derecho a la jubilación, el derecho a la jornada de 8 horas, el pago por horas extra, la estabilidad laboral, la promoción y protección gremial, entre otros derechos”, dijo Librada Maciel, del Sindicato de Trabajadoras Domésticas y Afines de Itapúa (SINTRADI).
“Esta ley no es un regalo que recibimos de arriba, es el fruto de nuestra lucha de todas las organizaciones de trabajadoras domésticas. Es un paso importante, pero aun hay mucho por hacer. Queremos el salario mínimo como todos los trabajadores, por eso, le invitamos a las trabajadoras domésticas a acercarse a las organizaciones, porque si todas nos unimos, podemos hacer escuchar nuestra voz”, expresó Marciana Santander, presidenta de la Asociación de Empleadas del Servicio Doméstico del Paraguay (ADESP)
“Ahora tenemos la oportunidad de seguir luchando por la igualdad salarial, que para nosotras es la igualdad de oportunidades de la que tanto se habla en los discursos. Estamos 220 mil mujeres en este trabajo, mujeres pobres, la mayoría jefa de hogar”, dijo Myriam Agüero, del Sindicato de Trabajadoras Domésticas del Paraguay (SINTRADOP
Esta ley considera dentro del trabajo doméstico a “choferes del servicio familiar, amas de llaves, mucamas, lavanderas y/o planchadores en casas particulares, niñeras, cocineras, cocineras de la casa de familia y sus ayudantes; cuidadores de enfermos, ancianos o minusválidos, mandaderos y trabajadores domésticos para actividades diversas del hogar”.
LO QUE DICE LA LEY
Salario no puede ser menor a Gs 1.094.433
Una de las modificaciones en la nueva ley es el incremento de un 20% en el salario. En el régimen anterior, los empleadores estaban obligados a pagar solo el 40% por ciento del salario mínimo general vigente de Gs. 1.824.055. La nueva ley obliga a pagar un salario mínimo a la persona trabajadora doméstica que debe ser no menor al 60 por ciento del salario mínimo del régimen general.
Descanso semanal obligatorio y feriado
En el régimen anterior, la ley no estipulaba expresamente el derecho al descanso semanal obligatorio ni días feriados, ahora las trabajadoras domésticas tienen derecho al descanso semanal obligatorio de 24 horas y feriados.
No se admite el trabajo infantil
Con la nueva ley no admite el empleo doméstico a personas menores de 18 años de edad. Esta es una de las conquistas de los gremios de trabajadoras domésticas que señalaron en todo momento que la antigua ley que permitía un régimen especial desde 14 a 17 años, legalizaba el criadazgo y fomentaba una forma de esclavitud, ya que no permitía a las jóvenes acceder a otros derechos como la educación.